La teleasistencia se ha convertido en un elemento esencial de la práctica médica, particularmente para los podólogos-podólogos, permitiendo mantener la continuidad de la atención en tiempos de crisis sanitaria como la del COVID-19. Esta práctica, iniciada por decretos gubernamentales, continúa expandiéndose y estructurándose gracias a nuevas regulaciones.
Marco legislativo
Orden de 18 de mayo de 2020 (ampliada por orden de 10 de julio de 2020) :
- Este decreto permitió el establecimiento de la teleasistencia para podólogos-podólogos. De este modo, pueden realizar actividades de diagnóstico (como hiperqueratosis, verrugas, uñas encarnadas) y rehabilitación del pie (excluyendo la articulación tibiotarsiana) en relación con una intervención quirúrgica.
- La relevancia del uso de la teleasistencia la determina el propio podólogo.
Enmienda 5 a la convención nacional de podólogos-podólogos (2023) :
- Los podólogos-podólogos ya pueden realizar consultas de teleasistencia y solicitar teleexperiencia. Esta ampliación permite una retribución por actos de teleexperiencia, valorada en 10 euros por opinión, con un máximo de dos opiniones por paciente al año.
Condiciones para integrar la teleasistencia
- Valoración de idoneidad : El podólogo-podólogo debe valorar si la teleasistencia es adecuada para cada paciente y cada situación.
- Comunicación con el paciente : Informar al paciente sobre la naturaleza de la teleasistencia, obtener su consentimiento informado y asegurarse de que comprende el proceso.
- Seguridad de los datos : Utilice plataformas seguras para garantizar la confidencialidad de los intercambios y la seguridad de los datos de salud.
Acciones que se pueden realizar vía teleasistencia
- Diagnóstico : Identificación de patologías del pie de forma remota.
- Recetas y exámenes de detección : Expedición de recetas y realización de exámenes de detección.
- Educación terapéutica : Asesoramiento en higiene, calzado y seguimiento terapéutico.
- Consultas de seguimiento : Seguimiento de la cicatrización de heridas crónicas y adaptación del dispositivo plantar.
- Prevención y asesoramiento : Sensibilización del paciente sobre la salud del pie.
Retribución por servicios de teleasistencia
- Rehabilitación de un pie : Valorado al nivel de AMP 4.
- Rehabilitación de dos pies : Valorado en el nivel de AMP 6.
Perspectivas de futuro
Las tecnologías digitales de salud, como la teleconsulta, la inteligencia artificial y la recopilación de datos de salud, transformarán profundamente la actividad de los podólogos-podólogos. El diseño 3D de dispositivos y el mayor uso de estas tecnologías mejorarán la eficacia de la atención y la personalización de los tratamientos.
La integración de la teleasistencia en la práctica del podólogo-podólogo ofrece numerosas oportunidades para mejorar el acceso a la atención y la calidad de los servicios prestados a los pacientes. Los recientes avances legislativos y el auge de las tecnologías digitales sitúan a los podólogos-podólogos en el centro de la transformación del sistema sanitario.
Para más información, puede consultar los trámites ordinales y preguntas recurrentes en el sitio web de la ONPP aquí .